- Construir, bajo su responsabilidad y riesgo, el proyecto inmobiliario y cumplir con sus obligaciones frente a los ADQUIRIENTES /DESTINATARIOS DE ÁREA.
- Asegurar la calidad de la construcción, el cumplimiento de las especificaciones y requerimientos técnicos, tales como licencias de urbanismo y construcción.
- Destinar los recursos entregados al FIDEICOMISO por los ADQUIRIENTES /DESTINATARIOS DE ÁREA o del FINANCIADOR., única y exclusivamente a la ejecución del PROYECTO y velar por que se cumpla con dicha destinación a sus contratistas, socios o cualquier tercero que ejecute el PROYECTO.
- Efectuar la entrega definitiva de las unidades inmobiliarias a los ADQUIRIENTES /DESTINATARIOS DE ÁREA.
- Abstenerse de recibir directamente o a través de empleados, representantes, apoderados, agentes o cualquier otra persona, recursos de los ADQUIRIENTES /DESTINATARIOS DE ÁREA o del FINANCIADOR o de cualquier otro tercero que tenga intención de vincularse al FIDEICOMISO.
- Actualizar anualmente la información de conocimiento del cliente para efectos de dar cumplimiento con las normas sobre administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo – SARLAFT.
- Dar cumplimiento a todas las normas sobre información al consumidor, en especial las establecidas en la Circular 6 de 2012, proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio y las normas que la modifiquen o adicionen.
- Entregar la cartilla de negocios fiduciarios expedida por la Superintendencia Financiera de Colombia a cada uno de los ADQUIERIENTES /DESTINATARIOS DE ÁREA que se vinculan al PROYECTO, la cual se encuentra publicada en nuestra página web https://www.accion.com.co/sites/default/files/Cartilla-negocios-fiduciarios.pdf.
- Contratar bajo su responsabilidad y a su costa, al SUPERVISOR TÉCNICO y/o INTERVENTOR, en los términos que aplique.
- Avisar a la FIDUCIARIA de cualquier imprevisto o alteración grave que hiciere temer por el desarrollo oportuno o por el éxito del FIDEICOMISO.
- Dar cumplimiento a todas - las obligaciones formales y sustanciales relacionadas con los impuestos de carácter, nacional, departamental o distrital/municipal que se causen por el desarrollo del PROYECTO y la comercialización de las unidades inmobiliarias del mismo, en su condición de comercializador.
- Revisar el informe de rendición de cuentas enviado por LA FIDUCIARIA y dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción, indicar si sobre este documento existe alguna observación.
- Entregar a los posibles ADQUIRIENTES /DESTINATARIOS DE ÁREA información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre las calidades, áreas, acabados y especificaciones de las unidades inmobiliarias, en cumplimiento a lo establecido en la Ley 1480 de 2011 y/o las demás normas que la modifiquen, complementen o sustituyan.